lunes, 26 de diciembre de 2016

Caciques por la gracia del Rey© Informe, Rafael Antonio Strauss K.

Caciques por la gracia del Rey© Informe que presenta Rafael A. Strauss K. al Seminario Mentalidades el 27.5.1994.

Nos proponemos investigar con documentación de archivo la imagen del cacique indígena en el período colonial de Venezuela. Una vez analizado el corpus de disposiciones reales españolas se revisaría lo que hasta el momento se visualiza como una importante documentación –no trabajada, hasta donde nuestro arqueo nos permite afirmarlo– producida por descendientes de caciques que solicitan ese cargo o empleo. Con él subsisten dentro del orden colonial con algunos de sus instrumentos legales, como la encomienda, usufructuando prebendas que el Rey y sus funcionarios de estas partes, reconocen como súbditos con privilegios, si logran comprobar su ascendencia cacical. Para hacerlo, toman prestadas las instancias previstas para cualquier hijodalgo, tal y como lo prevé la Cédula de Carlos II del 12 de marzo de 1697. También Carlos III, antes, y Felipe V, después, han cuidado del destino de los descendientes de las noblezas indias americanas prehispánicas, asunto antiguo, como parecen demostrarlo las Leyes de Burgos (27.12.1512), las Ordenanzas de Zaragoza (1518) y la Real Ordenanza de Valladolid (1543), que establecen la figura de la encomienda y regulan el trabajo de los indios. En las de Burgos, la 24ª es particularmente importante pues su objetivo es proteger la dignidad del indio. Pero serán las Leyes Nuevas, 1542, las que en 17 leyes directas y 7 indirectas recogen lo concerniente al reconocimiento, trato y privilegios a los caciques y sus descendientes. Para el trabajo a desarrollar en el Seminario Mentalidades sólo intentaremos un resumen muy breve de esta legislación, quizá a nivel de notas a pie de página.
En lo que respecta a Venezuela es importante un "Auto del Gobernador General de Venezuela [Don Joseph Solano], de 1767, con Cédulas Reales de los años de 1697, 1727, y 1766, acerca de los indios descendientes de caciques". Conocí este documento por su publicación en el Boletín del Archivo Histórico de la Municipalidad de Valencia[1] cuya primera parte, Cédula de 1697, ya había sido publicada por F. González Lugo, Subdirector del Archivo Nacional, Caracas, con el título de "La nobleza de los Caciques"[2], que Gil Fortoul menciona en su Historia Constitucional de Venezuela.[3] El original está en AGN, Gobernación y Capitanía General-Diversos, t. XXXVII, con el número 13 en el índice respectivo.
Hasta el momento he trabajado principalmente en el Archivo General de la Nación, Caracas, AGN, secciones Indígenas, Empleados de la Colonia y Limpieza de Sangre. De los 14 tomos en que se divide la Sección Indígenas, 1731 a 1843, he transcrito tres documentos del t. I y la intención es trabajar esta sección documental que, por un arqueo inicial, luce como la más prometedora tanto para nuestro objetivo general (trabajo de ascenso, entre otros) y particular (Seminario). Empleados de la Colonia fue revisada en su totalidad y de allí transcribí completos ocho documentos. Limpieza de Sangre sólo proporcionó un documento, que también fue transcrito. Otro archivo en donde he estado trabajando es el Arquidiocesano de Caracas, AAC, donde supuse que había información. Alejandro y América sugirieron que revisara una sección apenas clasificada, conocida como Varios, de la que hasta el momento he transcrito algunos documentos que informan de Caciques en el siglo XVII, pero sin la riqueza que en lo procesal ofrecen los del AGN, por razones de fuero, me imagino. De esta documentación del AAC sólo estoy extrayendo nombre del cacique, de sus ascendientes y familia –en algunos casos–, sitio y argumentación. En AAC, además, he sondeado, en las Matrículas de Indios, nombres de caciques –y lugar, por supuesto– lo que no es tan difícil pues el Cacique, Principal o Capitán, cuando los hay, siempre aparecen encabezando el censo. [Algo que deberé aclarar es si el estatus de Capitán o Principal es igual al de Cacique. La confusión se me presenta porque en dos o tres de las matrículas revisadas hasta ahora se les da indiferentemente aquellos títulos]
Los procesos que he estado trabajando, basados en las disposiciones reales mencionadas, obligan a una serie de diligencias, para cuyo cumplimiento es condición sine qua non la demostración de progenitura por línea recta desde el cacique que inicia la descendencia, lo que en la gran mayoría de los casos propicia en los aspirantes el desempolvo de los títulos de abuelos y bisabuelos con las argumentaciones de parentesco que ello conlleva. Los casos de oposición a cacicazgos son de una utilidad meridiana y amplísima pues las partes desempolvan no sólo títulos y amparos recibidos, sino la memoria de ancianos indígenas –con edades sorprendentes– para demostrar ascendencias. Son testimonios que por la edad de muchos de los testigos nos informan acerca de la fundación de pueblos, primeras encomiendas y sucesivos propietarios y hasta situaciones muy cercanas a lo que se conoce como momento del contacto.
Una somera revisión de lo que hasta ahora he transcrito, me permite plantear una hipótesis que visualizo no sólo interesante para la cuestión cacical propiamente dicha, sino, además, para enriquecer el conocimiento del momento del contacto, cuyo panorama ha sido abordado por lo mejor de nuestra historiografía sin las luces que parece poder proporcionar la nueva visión que estamos intentando, al estudiar detalladamente la suerte que corrió una de las matrias de nuestros inicios: el indio. Dicha hipótesis podría plantearse en términos de lo que hasta el momento pareciera ser una continuidad cacical en la colonia, de esa estructura del tiempo prehispánico. Es decir: parece evidente que aquellas sociedades donde el sedentarismo propició la agricultura y una organización social, política y de parentesco acordes con esa forma de producción, son los pueblos, áreas, zonas o regiones donde las peticiones de cacicazgos coloniales son permanentes y más consecuentes con una ascendencia cacical prehispánica. Lo contrario parece igualmente evidente: en las zonas precoloniales que se caracterizaron por sociedades nómadas de cazadores, pescadores, recolectores –en cualquier grado o secuencia– no encuentro solicitudes ni otra motivación para conformar cacicazgos durante la colonia. Los pocos que han aflorado hasta el momento parecieran no poder soportarse en una dinastía cacical. Este ha sido un buen punto de partida, que me ha incitado a revisar con otros ojos las informaciones que sobre caciques proporciona la mayoría de los cronistas.
De la documentación conocida hasta el momento he seleccionado tres casos para analizarlos como trabajo para el Seminario Mentalidades. Es interesante el reguero de 'honoridad' que ellos traslucen al proporcionarnos un perfil del cacique que defiende su ascendencia hasta con árboles genealógicos que contienen hasta tres generaciones. Un ejemplo:
[…] Hauiendo muy pocos días que dege pasifico el pueblo de Niquitao, ha venido aora a mi notisia que sus Vezinos naturales se han puesto en dos bandos en razon de impugnar el uno de ellos a uno de sus Casiques q se nombra Dn Roque Marques y el otro aclamarlo por tal. Los de el contrario bando disen no ser Casique leg.mo pues aunque es hijo, y nieto de tales ai otro a quien por linea recta de baron le perteneze con mexor dro que es un Dn Roque, de forma señor, que la linea de ambos es esta […] [sigue descripción de la genealogía] ["Sobre declarar a Don Alberto Marques por Cacique del pueblo de Niquitao". 1750. AGN, Empleados de la Colonia, t. V, fols. 219-226, fol. 219]
También se evidencia, y esto es casi definitivo, la clara presencia de una élite indígena que logra convivir en la colonia con prebendas y atributos de hidalguía, representados, por ejemplo, en el simbólico bastón del poder local, que al mismo tiempo es símbolo de honor ante blancos (las autoridades y el mismo Rey) y los súbditos indígenas. Se percibe un código que entraña las preeminencias reales, como cuando Carlos III acuerda por Real Carta del 23 de julio de 1751 que
[…] por los dichos mi Virrey [Nueva Granada] Presidente y Oidores de la Nominada mi Audiencia [de Santafe] […] a que vos Don Juan Balsa teneis plenamente justificado ser hijo legítimo y primogénito de Dn Francisco y Doña Ignez Balza Caciques que fueron de la Parcialidad de Miquiboque y que por esto Os han Aclamado los Naturales de el os elijo y nombro por tal Cacique […] para que lo useis y exersais en todos los cargos y cosas a él anexas concernientes y dependientes segun lo han hecho [ileg] y debido hacer vuestros antecesores y demás del Nuebo reino de granada; y todos los Capitanes; Gouernadores, Yndios e Indias de el, os hagan reciban y tengan por tal Cacique legitimo de el referido Pueblo y os acudan y hagan acudir con el Tributo y Tasa que se le debiere y estubiere en costumbre contribuir por razon de este Cacicazgo, haciendoos vuestras labranzas, sercados y casas, todo bien y cumplidamente sin que se os falte en cosa alguna; y Ordeno y mando a el Corregidor de Naturales de ese Pueblo os entre luego en el dicho cercado y casa dandos [sic por dandoos] posesión de el expresado Cacicazgo, en el que os ampare y defienda y no concienta seais despojado de él en modo alguno sin que primero seais oido y bencido conforme a Derecho; Y mando ygualmente al presente Corregidor y demas que en adelante lo fueren y a todas las Personas de ese distrito de Vro Gobierno os haian, reciban y tengan por tal Cacique Guardandoos y hasiendoos Guardar todas las onrras, gracias Merzedes Franquezas, preheminencias prerrogativas, e Ynmunidades y todas las demas cosas que por el dicho cacicazgo debeis haber y gozar y os deben ser guardadas todo bien y cumplidamente sin que se os falte en cosa alguna […]
Esto es lo que el nuevo orden le ofrece al cacique. ¿A cambio de qué?
[…] y os mando precisamente hagais que los Yndios que estan a Vuestro Cargo se mantengan en Paz y buena enseñanza, procurando que esten bien poblados y a son de Campana para que asistan puntualmente a la missa, Doctrina y demas oficios Divinos, Que Trabajen en sus Sementeras y en especial en las de Comunidad y en las demas Granjerias que acostumbraren siendo lícitas, sin consentir anden bagamundos, evitando los pecados Públicos, embriagueces, y todo aquello que sea en perjuicio y daño de ellos asi en lo espiritual, como temporal, escusandoles las Riñas, pleitos y Diferencias que entre ellos y los vecinos se suelen originar por los graves perjuicios que de ello se pueden seguir […] [Mucuchíes. Año de 1794. Título de Casique de este pueblo despachado a favor de Dn Raymundo de Balza". AGN, Empleados de la Colonia, t. XXV, fols. 176-190; fols. 182v-184v]
Una pregunta que me he hecho a propósito de la importancia social que en su pequeño entorno de Naturales detentan estos empleados del orden colonial, está referida al asunto de las posesiones de los caciques. Dos de los documentos revisados hasta el momento ofrecen algunos indicios. Del citado anteriormente tomamos
[…] Y porque en las circunstancias ya que se lo difiere al Dn Joseph Raymundo entrar desde luego al goce de su Empleo, sin embargo es acreedor por la principalidad, e hidalguia que incostrastablemente le corresponde por hijo de Cacique en fuerza de lo decidido por la Real Cedula despachada en San Ildefonso a 11 de [ileg] de 766 a que se exceptúe o relebe de tributo mayormente atendido el contexto, y disposicion de la ley 18, tit. 5, lib. 6 de la Recopilacion de esttos Rnos. y de que V.S., como lo suplica el Protector se sirva mandar haga se le dé tierra bastante dentro del pueblo de Mucuchíes en lugar preferente para construir su Casa, y que asimismo se le entreguen las tierras de labor que fueron de Don Juan de Balza su Padre […] dejandole usar las de Egido […] [fols. 186v-187]
Para Guarenas he transcrito un documento realmente interesante, referido a un Cacique que enferma –Don Juan Madrid– y a cuyo cacicazgo se opone Don Felipe de Santiago. Madrid se diluye en la historia y una hija y su madre asumen la defensa del cargo y de una casa. Lo primero también va diluyéndose ante la comprobada ilegalidad del cacicazgo; la lucha por lo segundo se mantiene, y cobra tanta importancia como único bien de la familia que la Real Audiencia designa dos peritos que fueron "imbentariando y abaluando" la casa, que termina tasada en 511 pesos con 2 reales.
Otro punto que revela, como apuntaba, mucha información importante, son las oposiciones a los cacicazgos. Varios de los casos apuntan hacia la existencia de dos tipos: uno que termina considerándose ilegal –caciques nombrados por encomenderos y cuyas razones no he desentrañado todavía– y los de tipo legal, que comprueban la ascendencia en los términos que expresaba arriba y que se basan en una clara genealogía cacical. Los Fiscales que participan en los procesos de petición-obtención de estos cargos revisan minuciosamente la legalidad o no del cacicazgo, pero no me han proporcionado, hasta el momento, el basamento legal de los calificativos.
[…] preocupada […] del infundado designio de colocar a su hijo en el soñado cacicasgo de Antimano no ha dejado paso por mover en solicitud de los titulos que ni hay ni hubo jamas, porque aunque sea cierto que en algún tiempo haya habido en dicho Antimano Casique estos no fueron de la clase de aquellos de que tratan las Leyes del tit.o 7, Libro 6, de la Recopilación de estos Dominios, sino unicamente de los electivos que por costumbre se nombraban en diferentes Pueblos y hacian las veces de Gobernadores y Alcaldes Yndios, especialmente en la recoleccion y cobranza de los tributos cuios empleos se han ido extinguiendo, y deben extinguirse como perjudiciales al buen Orden y Gobierno de los Pueblos […] ["Antímano. Civil. Maria Dionicia Quintero pretendiendo que el Cacicasgo de dho Pueblo se declare corresponderle asu Hijo Manuel de Jesus Guzman". 1798. AGN, Indígenas, t. I, fols. 165-287]
Cuidan, asimismo, los fiscales, la limpieza de sangre. Esto último es claro en el expediente anterior, que trabajo en estos momentos, donde quien solicita el cacicazgo –la madre del supuesto aspirante– casó con mestizo, según una confusa partida de matrimonio que ha aparecido durante el proceso y que, por cierto, no se ha mencionado más. A pesar de esta aparente confusión, uno de los fiscales que examinan los autos declara que
Sobre esto concurre que los descendientes de la Dionicia Quintero, aun quando hubiere tal cacicazgo [véase cita inmediatamente supra] no pueden ser sucesores en él porque siendo como es de calidad mestiza y hauiendo contraido su matrimonio con Bernardino Salvador Guzman, tambien mestizo, obra ahora contra la disposicion de la Ley 6ª del citado titulo [7] y Libro [6] en que se manda que los mestizos no pueden ser caciques, y que si algunos lo fueron sean luego removidos de los cacicasgos y que estos se den a Yndios en la forma estatuida y no siendo en estas circunstancias admisible ni de efecto alguno la justificacion que se promueve le parece que V.A. debe desestimarla, y declararla, sin lugar, previniendo a la escribania no admita  más escritos en este asunto que solo sirve de embarazar el tiempo al Tribunal. Caracas á 5 de Noviembre de 1799 […]
El caso contenido en este largo expediente resulta sumamente valioso, tanto para el trabajo macro que pretendo como para el de este Seminario. Ha comenzado en 1798 y ya voy por 1806. Participan algunos Tupano desde puestos importantes del gobierno local. (Uno de ellos, Marcolina Tupano, madre de otro aspirante al cacicazgo, se opone a la petición de la Quintero, pero es un personaje que desaparece repentinamente). El caso se inicia de una manera que me resultó interesante
[…] Maria Dionicia Quinttero, Yndia Nattural libre del Pueblo de Antimano de esta Governaz.n, nieta del Casique Dn Pedro Varguilla de dho Pueblo, quien fallecio ha mu.s años, y en la desendencia, le perttenece estte Empleo, a mi legitimo hijo, Manuel de Jesus Guzman, Cuyo titulo, y Documentos los empeño un tio mio nombrado Dn Pablo Serafin Varguilla, a el Gobern.or del Pueblo dela Vitoria, en cantidad de seis pesos de plata.
Quizá por el carácter de María Dionisia el pleito adquiere dimensiones imprevistas incluso para los mismos funcionarios. Hasta el momento, por ejemplo, tres fiscales han conocido el caso y dado veredictos parecidos al que leíamos arriba. El tercero, sin embargo, es más condescendiente y arrima a la india cierto afecto y mucha ayuda, hasta el punto que el expediente ha conservado una carta personal del 'tercer fiscal', en la que 'arregla' con el Corregidor de La Vega que el caso de la Quintero no vaya más a Real Audiencia, quizá por los visos que ha adquirido.
Es interesante, por ejemplo, la lectura que, en general, dan las autoridades blancas y otros vecinos de esa condición, al 'carácter' de la india. Este carácter no es sino la afloración de la dignidad de la Quintero, punto también importante en la gran mayoría de los casos que he transcrito hasta el momento. Son reveladoras dos cartas de María Dionisia, de las que extraigo
1. […] que […] se presentó con una Rl Cedula, en solicitud del cacicago [sic] […] en cuya presentacion me halle insultada, y ultrajada, del S.or Fiscal Quintana [el 'primer fiscal'] […] y al mismo tmpo se me sigio [sic] el Ynsulto de oprobiarme, y correrme, y hasta prender los Yndios, por liquidar mi asunto […] magnifesté a el S.or Fizcal Riveros [el 'tercer' fiscal, quien] manda por vista de dhos Autos […] se me dieran todos mis honores subarternos [sic]
2. […] Que desde el dia nueve de Marzo, Se presentó con un Memor.l con el qual pazaron los autos al Fizcal Quintana quien me hurtraxo [sic] y me dixo que me encomendara a Dios, y luego quando le dio gana los paso en casa del otro Fizcal, en el qual se informo tanto mal de la exponente, por Ser él Compadre del Correxidor del Valle; y por este motibo a visto el Fizcal, las palabras del S.or Quintana, y no lo que es de nro Rey, y Señor, ni la necesidad de cada uno de su Pueblo, antes mas bien ver de que modo nos molesta pues veo que hasta aqui no ha tenido la menor providencia chica ni grande. Y se digne V.A., despachar esta probidencia entregándoseme en mi mano, o por un receptor a dho Pueblo de Antimano […]
Y de una carta del 'tercer' fiscal, Francisco de Berrios, extraigo
que según resulta de los autos María Dionicia […] "ha mantenido desde el año de [17]89 hasta el presente con porfiado empeño la pretension al Cacicasgo […] insistiendo en que debe declararsele con sus correspondientes privilegios y esempciones al primogénito de sus hijos […] Esta solicitud proseguida por la Quintero con un tezon infatigable, la ha reiterado siempre que ha mudado de mano al Ministerio de Protector, sin darse jamas por convencida de su falta de Justicia, a pesar de haberse desestimado sus Ynstancias desde el año de [17]99 […] Todavia ha reiterado con el exponente sus clamores en solicitud de aquel imaginado dro. Y sin haberla podido disuadir, no ha logrado otra cosa, que el reducirla a que buelva a su Pueblo [Antímano] de que ha muchos años se halla separada, con motivo de las discenciones, que allí exitó con sus pretenciones al Casicasgo. Combenida, aunque con alguna renuencia en verificar su regreso […] exige que se le franqueen los auxilios que necesite, para restablecer allí su casa de havitacion, y que sus hijos puedan sin que se les ponga embarazo, sembrar sus conucos, y usar de las tierras comunes de los demas, lo que siendo asi justo, pide el Protector que V.A. se sirva expedir la providencia conducente al Corregidor del Valle, encargandole trate con benignidad a la Ynteresada, y la proporcione así a ella, como a sus hijos todos los medios de contentarle para que se mantenga quieta, y no se distraiga de aquel Pueblo para molestar con recursos los Tribunales de esta Ciudad […] Caracas Mayo 8 de 1805. Berrios.
Se le dan tierras, alquila casa, pero María Dionisia retoma su petición del cacicasgo y las cosas en Antímano vuelven a intranquilizarse. Punto nodal, según todos los consultados por cada una de las alteraciones que se producen, es el carácter de la india, que aflora a propósito de haber alquilado un cuarto en una casa de Don Pedro Manzo. Dice éste que quien se la cuidaba
 […] se dexo ceducir por la Yndia Dionicia Quintero bastante desavenida por su genio, y no menos orgullosa en aquel Pueblo segun que todos se quexan de sus expresiones, quisquillas, y modales […]
Josef Gonzalez, funcionario a quien se solicita informe sobre la situación que se planteó por una supuesta ocupación ilegal de la mencionada habitación, expone a V.A.
[…] que esta Yndia bajo el nombre que quiere dar de tributaria, (y no lo es porque no consta por matrícula ni por los libros parroquiales de Antímano, que hemos revisado) se ha insolentado e incomodado con muchos vecinos de aquel pueblo porque es de un genio díscolo y quimerico sin politica para hablar en tal estremo que hasta con el S.or Provisor se ha insolentado tratandole con desprecio e impoliticamente […] Por este genio altanero, y discolo conque se despecha ha querido por la suma voluntariedad y soberbia vivir en la casa de dho Manso sin habersela alquilado […]





[1] Publicado por el Ilustre Concejo Municipal del Distrito, Cuaderno Primero, diciembre de 1943. Tipografía "París en América". Valencia, pp. 27-32
[2] El Universal, Caracas, enero 1929.
[3] 2ª edición, revisada, Caracas, 1939, I: Cap. 2: Los Indios: 39-63.

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